Nueva prórroga de los ERTE hasta el 31 de enero y medidas sociales en defensa del empleo del Real Decreto-Ley 30/2020
- ERTE de impedimento de actividad
- ERTE de nueva creación por limitación de la caída de la actividad
- Prórroga para empresas afectadas por ERTE con una tasa reducida de recuperación de actividad.
- Aplicable a las empresas que tengan un expediente de ERTE y ETOPS (expedientes por causas Económicas, Técnicas, Organizativas y de Producción).
- Solo podrán beneficiarse de las nuevas exoneraciones las empresas afectadas por ERTE en los siguientes casos:
- a) Cuando la actividad se clasifique en los códigos de actividades económicas CNAE-09 detallados en este listado.
- b) Cuando las empresas sean integrantes de la cadena de valor o biendependientes indirectamente de empresas cuya actividad real dependa indirectamente de ellas.
- Menos de 50 trabajadores (octubre, noviembre, diciembre y enero): 85%.
- Más de 50 trabajadores (octubre, noviembre diciembre y enero): 75%
Contratos temporales
También se prorroga hasta el 31 de enero de 2021 la interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales mientras los trabajadores estén afectados por el ERTE.Salvaguarda del empleo
Las empresas que reciban exoneraciones en las cuotas de la Seguridad Social se comprometen a mantener el empleo de sus trabajadores durante un nuevo periodo de 6 meses (RD 08/2020, de 17 de marzo). Sin embargo, si la empresa ya estuviese afectada por un compromiso de mantenimiento de empleo, el inicio del nuevo periodo previsto se producirá cuando el primero haya terminado.Novedades en materia de prestación de desempleo:
- Las medidas de protección frente al desempleo se seguirán aplicando a aquellos trabajadores afectados por ERTE regulados en los artículos 22-23 del Real Decreto-Ley 08/2020 (ERTOS por fuerza mayor) hasta el 31/01/2021.
- Cuantía: se mantiene el contador a cero y los trabajadores afectados por un ERTE se les mantendrá la cuantía de la prestación por desempleo en el 70% de la base reguladora hasta el 31/01/21.
- Se reconoce una prestación extraordinaria para los contratos fijos discontinuos que se hayan visto afectados por un ERTE
- Compatibilidad de las prestaciones por desempleo con el trabajo a tiempo parcial
¿Qué no se permite durante la vigencia de los expedientes de fuerza mayor y ETOP (ERTE) de productividad?
Prohibición de horas extras- Nuevas externalizaciones de la actividad
- Prohibición de nuevas contrataciones (sean directas o indirectas) durante el ERTE, excepto que, por motivos de formación, capacitación u otras razones objetivas, no puedan desarrollar las funciones encomendadas.