A partir del 1 de enero de 2018, cuando se produzca un retraso en la obligación de llevar los Libros Registro de facturas expedidas y recibidas, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (Aeat) -Suministro Inmediato de Información (SII) del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)-, se impondrá una multa del 0,5 por ciento del importe de la factura. VEURE L'ENTRADA